Los requisitos varían según la situación del
extranjero:
1. Extranjeros en situación de estancia por
estudios, investigación o prácticas
a) Puede ser autorizado a trabajar, si cumple los requisitos
indicados al comienzo de este folleto, salvo los
relativos a la situación nacional de empleo y la carencia
de antecedentes penales.
La actividad laboral deberá ser compatible con la realización
de los estudios, investigación o prácticas, a tiempo
parcial o, en caso de ser a tiempo completo, de una
duración no superior a 3 meses. Los ingresos deberán
tener la condición de no necesarios para la estancia.
b) Puede acceder a una autorización de residencia y de
trabajo, cuando
• Cumpla los requisitos indicados al comienzo de este
folleto, salvo el relativo a la situación nacional de
empleo, y
• Haya permanecido en España al menos 3 años en situación
de estancia; haya superado los estudios o realizado
la formación o prácticas con aprovechamiento y no
haya sido becado o subvencionado por organismos
públicos o privados por programas de cooperación o
desarrollo del país de origen.
La autorización inicial de residencia temporal y de trabajo
por cuenta ajena deberá solicitarse durante la gencia de la
autorización de estancia.
2. Extranjeros en situación de residencia
Puede acceder a una autorización de residencia y trabajo
si cumple los requisitos indicados al comienzo de este
folleto, salvo los relativos a la situación nacional de empleo.
Además, salvo en el caso de residencia por reagrupación
familiar, se exige un año de residencia regular en España.
3. Situación de residencia por circunstancias
excepcionales
El extranjero en esta situación (sin autorización de trabajo) y
con un año de residencia regular, podrá obtener una autorización
de residencia y trabajo, exigiéndose los mismos requisitos
indicados al comienzo de este folleto, salvo los relativos
a la situación nacional de empleo.
(Se recuerda que si la autorización de residencia temporal
por circunstancias excepcionales no llevase aparejada una
autorización de trabajo, se puede solicitar ésta, durante la
vigencia de la autorización de residencia, debiendo cumplir
los requisitos indicados al comienzo de este folleto, salvo el
relativo a la situación nacional de empleo).
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